Patrocinio Familiar
Una vez eres ciudadano y&o residente permanente puedes patrocinar a tu cónyuge, hij@s, progenitores, abuel@s y otr@s familiares en circunstancias especiales
Patrocinio de Cónyuge, Hij@s
Un ciudadano canadiense y/o residente permanente, puede patrocinar a su cónyuge, pareja o hij@s dependientes si: Tienes al menos 18 años de edad. Es ciudadano canadiense, residente permanente de Canadá o persona registrada en Canadá como indígena. En caso de que sea ciudadano canadiense y viva fuera de Canadá, debe demostrar que planea vivir en Canadá, cuando las personas que desea patrocinar se conviertan en residentes permanentes. No puedes patrocinar a alguien si eres residente permanente y vives fuera de Canadá.
También debe demostrar que no recibe asistencia social por motivos distintos a discapacidad, y probar que puede satisfacer las necesidades básicas de las personas que desee patrocinar.
Este proceso puede tomar un período de tiempo indeterminado, además el patrocinante debe cumplir con los requisitos exigidos para poder ser elegible.
Patrocinio de Progenitores y Abuel@s
Para participar en este programa, debes manifestar tu intención a Inmigración Canadá, para ser llamado aplicar. Debes tomar en cuenta, que no puedes patrocinar, si:
Estas en la cárcel, prisión y/o penitenciaria
Tienes pendiente el pago de un prestamo de inmigración, una fianza, pensión alimenticia, manutención infantil
Haz incumplido un compromiso de patrocinio familiar, estas en quiebra, recibes asistencia social que no sea por discapacidad
Fuiste condenado por un delito penal violento, cualquier delito contra un familiar o cualquier delito sexual dentro o fuera de Canadá
No puedes permanecer legalmente en Canadá y debe abandonar el país porque recibió una orden de expulsión
Patrocinio de Otr@s Familiares
En situaciones particulares, sólo puedes patrocinar a familiares como un herman@, sobrin@, tí@, niet@.
El familiar a patrocinar debe ser menor de edad, relacionado por sangre o adopción, soltero y huérfano.
Además, puedes patrocinar a otr@s familiares de cualquier edad , si el patrocinador cumple con ciertas especificaciones.
En el caso, de patrocinar a otr@ familiar, si ese patrocinado tiene cónyuge, pareja o hijos dependientes que lo acompañarán a Canadá, deberá incluirlos en la misma solicitud de patrocinio.